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⭕️Resistencia Activada❌

Canal de apoyo a los denunciantes de corrupción. Libertad para el juez Fernando Presencia.

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En cuanto a esto, destacamos que la Autoridad Independiente tiene que ser eso, independiente. Una fiscalia que depende de un poder judicial que, a su vez, depende de un poder político NO va a investigar delitos de corrupción. En conclusión: hasta que no cree la Autoridad Independiente tal y como la describe el juez Fernando Presencia, los denunciantes de corrupción no estarán protegidos. Sus denuncias caerán en saco roto y serán perseguidos. antonio de Dios TESTIMONIO DE UN GUERRERO DE DIOS https://t.me/testimonioguerreroDios
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✝️TESTIMONIO DE UN GUERRERO DE DIOS✝️

Canal dedicado a Dios, análisis de la situación de los cristianos en la actualidad y opinión. Tambien para tratar cuestiones relativas a soberanía, ley natural y almirantazgo. Dios os bendiga a todos.

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🔴El Gobierno crea una fiscalía especial para investigar las denuncias de corrupción que formule el juez Presencia como Autoridad Independiente. En las últimas semanas, el juez Fernando Presencia ha intensificado su solicitud para la pronta instauración de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, prevista en el Plan de Acción por la Democracia del Ejecutivo. Presencia insiste en que esta figura debe ser completamente autónoma, sin la influencia del Ministerio de Justicia ni de otros poderes del Estado, con el fin de asegurar su independencia y objetividad en la investigación de noticias falsas, difamaciones y denuncias sin fundamento. El juez destaca que, para que este organismo funcione de manera eficiente, es crucial que opere sin ningún tipo de control político o gubernamental. Según Presencia, la autonomía de esta entidad es fundamental para evitar cualquier tipo de injerencia que pudiera comprometer la imparcialidad de las investigaciones. La finalidad de esta autoridad sería doble: por una parte, proteger al denunciante de corrupción frente a posibles represalias, garantizando además su anonimato; por otra, comprobar y analizar la veracidad de las denuncias antes de que sean difundidas en los medios o lleguen al ámbito judicial. Asimismo, el juez Fernando Presencia señala que uno de los aspectos más relevantes de la creación de esta Autoridad Independiente de Protección del Denunciante de Corrupción sería la eliminación inmediata de los delitos de difamación. En este sentido, las acusaciones falsas y las calumnias dejarían de ser investigadas por los tribunales, pasando a ser competencia de este órgano administrativo, el cual tendría la facultad de examinar la veracidad de las acusaciones e incluso de imponer sanciones en caso de que la información resulte ser falsa. Presencia critica la situación actual, en la que los medios de comunicación, en muchas ocasiones, publican denuncias sin una investigación adecuada, lo que perjudica tanto a las personas implicadas como al sistema de justicia. La creación de esta autoridad independiente evitaría que las denuncias sin sustento lleguen a ser tomadas como verdades, previniendo daños irreparables tanto a la reputación de los afectados como a la confianza de la sociedad en las instituciones. El juez también hace hincapié en que la autonomía de esta autoridad no solo garantizaría imparcialidad en las investigaciones, sino que permitiría un tratamiento equitativo de todas las denuncias, sin verse influenciada por presiones políticas o mediáticas. En resumen, el juez Fernando Presencia destaca la urgencia de un organismo autónomo capaz de investigar y verificar denuncias y noticias falsas, protegiendo al denunciante y asegurando la veracidad de la información. Según el magistrado, este organismo debe funcionar sin la intervención del Ministerio de Justicia y mantenerse completamente independiente de los poderes del Estado, con el objetivo de asegurar que su labor sea imparcial, justa y veraz.
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Repost from Miguel Rix
https://odysee.com/@MiguelRix:f/Memocracia-la-distopi%CC%81a-que-nadie-voto%CC%81:1 ‼️Máxima difusión, extendamos este virus de CONSTRUCCIÓN masiva 💪‼️
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"Memocracia: La distopía que nadie votó" Documental de Miguel Rix 2024

Duración 1h 57 min. Guión y dirección: Miguel Rix. Música original: Cristina Muneta. (© 2024)

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Fernando Presencia Crespo (CUENTA OFICIAL) (@juez_fpresencia) on X

🔴El Tribunal Supremo asume la tesis del juez Presencia para aplicar la amnistía también a los delitos comunes.

https://t.co/hI3UbPzraV

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🔴El Tribunal Supremo asume la tesis del juez Presencia para aplicar la amnistía también a los delitos comunes. https://amp.lasexta.com/noticias/nacional/tribunal-supremo-baraja-elevar-nuevas-cuestiones-inconstitucionalidad-amnistia_2024091466e5665cb3741e0001e570c7.html
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El Tribunal Supremo baraja elevar nuevas cuestiones de inconstitucionalidad contra la amnistía

Estas nuevas cuestiones de institucionalidad podrían afectar a todos los procedimientos que el alto tribunal tiene pendientes de resolver y que quedarían suspendidos hasta que el Constitucional fallase sobre la norma. 

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🔴El juez Fernando Presencia reclama la creación urgente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, que se aprobó en el consejo de ministros. El juez Fernando Presencia ha intensificado su petición en las últimas semanas para la pronta implementación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, contemplada en el Plan de Acción por la Democracia del Gobierno. Presencia insiste en que esta figura debe ser completamente independiente, sin la intervención del Ministerio de Justicia ni ningún otro poder del Estado, para garantizar su veracidad y autonomía en la investigación de bulos, calumnias y denuncias falsas. El juez subraya que, para que esta autoridad funcione de manera efectiva, debe estar desligada del control político o gubernamental. Según su propuesta, la independencia de esta entidad es esencial para evitar cualquier tipo de interferencia externa que pueda comprometer la objetividad de las investigaciones. El propósito de esta autoridad sería doble: por un lado, proteger al denunciante de corrupción de represalias y garantizar su confidencialidad; por otro, verificar e investigar la veracidad de las denuncias antes de que lleguen a los medios de comunicación o al sistema judicial. De otra parte, y quizás sería lo más importante según subraya el juez Fernando Presencia, la puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante de Corrupción implicaría de suyo la derogación inmediata de los delitos de difamación. Esto es, las calumnias y las denuncias falsas dejarían de ser investigadas por los jueces para pasar a ser competencia de este órgano administrativo que estaría facultado para investigar la veracidad de la información e incluso para imponer sanciones si la información es falsa. Presencia critica la situación actual, donde los medios de comunicación a menudo validan denuncias sin investigación previa, lo que resulta en un perjuicio para las personas involucradas y para el propio sistema de justicia. La creación de esta autoridad independiente evitaría que las denuncias infundadas lleguen a ser tratadas como hechos ciertos, previniendo daños irreparables tanto a la reputación de los afectados como a la confianza pública en las instituciones. Además, el juez subraya que la independencia de esta autoridad no solo garantizaría imparcialidad en las investigaciones, sino que también permitiría un tratamiento justo de todas las denuncias, sin influencia política o mediática. Conclusión: La propuesta de Fernando Presencia pone de relieve la necesidad de un organismo autónomo que pueda actuar como filtro de denuncias y bulos, garantizando la protección del denunciante y la veracidad de la información. Este organismo, según Presencia, debe operar sin la intervención del Ministerio de Justicia y estar totalmente separado de los poderes del Estado para asegurar que su labor sea imparcial, justa y veraz.
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🔴El juez Fernando Presencia reclama la creación urgente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, que se aprobó en el consejo de ministros. El juez Fernando Presencia ha intensificado su petición en las últimas semanas para la pronta implementación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, contemplada en el Plan de Acción por la Democracia del Gobierno. Presencia insiste en que esta figura debe ser completamente independiente, sin la intervención del Ministerio de Justicia ni ningún otro poder del Estado, para garantizar su veracidad y autonomía en la investigación de bulos, calumnias y denuncias falsas. El juez subraya que, para que esta autoridad funcione de manera efectiva, debe estar desligada del control político o gubernamental. Según su propuesta, la independencia de esta entidad es esencial para evitar cualquier tipo de interferencia externa que pueda comprometer la objetividad de las investigaciones. El propósito de esta autoridad sería doble: por un lado, proteger al denunciante de corrupción de represalias y garantizar su confidencialidad; por otro, verificar e investigar la veracidad de las denuncias antes de que lleguen a los medios de comunicación o al sistema judicial. De otra parte, y quizás sería lo más importante según sus subraya el juez Fernando Presencia, la puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante de Corrupción implicaría de suyo la derogación inmediata de los delitos de difamación. Esto es, las calumnias y las denuncias falsas dejarían de ser investigadas por los jueces para pasar a ser competencia de este órgano administrativo que estaría facultado para investigar la veracidad de la información e incluso para imponer sanciones si la información es falsa. Presencia critica la situación actual, donde los medios de comunicación a menudo validan denuncias sin investigación previa, lo que resulta en un perjuicio para las personas involucradas y para el propio sistema de justicia. La creación de esta autoridad independiente evitaría que las denuncias infundadas lleguen a ser tratadas como hechos ciertos, previniendo daños irreparables tanto a la reputación de los afectados como a la confianza pública en las instituciones. Además, el juez subraya que la independencia de esta autoridad no solo garantizaría imparcialidad en las investigaciones, sino que también permitiría un tratamiento justo de todas las denuncias, sin influencia política o mediática. Conclusión: La propuesta de Fernando Presencia pone de relieve la necesidad de un organismo autónomo que pueda actuar como filtro de denuncias y bulos, garantizando la protección del denunciante y la veracidad de la información. Este organismo, según Presencia, debe operar sin la intervención del Ministerio de Justicia y estar totalmente separado de los poderes del Estado para asegurar que su labor sea imparcial, justa y veraz.
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Mirad estos enlaces: https://www.legaltoday.com/opinion/articulos-de-opinion/incapacitacion-judicial-en-espana-tras-la-ultima-reforma-legal-2023-01-02/ https://www.bravoadvocats.com/personas-con-discapacidad-las-claves-de-la-nueva-ley-8-2021/ https://www.iberley.es/temas/expedientes-jurisdiccion-voluntaria-relativos-tutela-curatela-y-guarda-hecho-62648 Su estrategia consiste en declararnos incapacitados para que no se tengan en cuenta nuestros testimonios y que tampoco podamos acudir a un juzgado como acusadores. Es una estratagema con la que buscan cerrarnos la boca. Pero no lo tienen fácil. Hay que tener presente que las privaciones de derechos de las personas con discapacidad han quedado sin efecto desde que la ley entró en vigor. Además, que se puede solicitar la revisión de las medidas que se hayan establecido con arreglo al sistema anterior. 5. Jurisdicción voluntaria: jurisdicción preferente A nivel procesal, lo más relevante de la reforma es que se opta por la jurisdicción voluntaria de manera preferente, es decir, ningún expediente de provisión de apoyos se puede iniciar directamente en la jurisdicción contenciosa, porque primero se debe iniciar un expediente de jurisdicción voluntaria. El procedimiento (regulado en el artículo 42 bis b) de la Ley de Jurisdicción Voluntaria) aspira a ser sencillo y consta esencialmente de dos fases: 1. Fase escrita, que se inicia con la solicitud de medidas de apoyo y con una serie de documentos que acrediten la necesidad del apoyo. Un ejemplo de esos documentos serían los dictámenes emitidos por profesionales del ámbito social y sanitario. 2. Comparecencia para ilustrar a la persona con discapacidad acerca de alternativas de apoyo distintas a las judiciales. También se practica la prueba orientada a la fijación del contenido del auto que ponga término en su día a este expediente. Pues, si no hay oposición, el juez dictará auto con la provisión de apoyos. Ahora bien, si se da oposición, ese expediente de jurisdicción voluntaria se transforma en un procedimiento de la jurisdicción ordinaria. Este procedimiento se denomina procedimiento para proveer de apoyos a las personas con discapacidad.
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Incapacitación judicial en España tras la última reforma legal - LegalToday

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🔴 están tratando de seguir adelante con mi expediente de incapacitación ilegal. Es posible que necesite apoyo
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